Colombia vive desde este 15 de julio de 2026 un hito en su legislación laboral con la entrada en vigor de la jornada de 42 horas semanales máximas para el sector privado. La medida representa el paso final del desmonte establecido en la Ley 2101 de 2021. Asimismo, reforzado por la reforma laboral de la Ley 2466 de 2025, busca transformar la dinámica productiva nacional. El ministro del Trabajo, Antonio Sanguino, enfatizó que este cambio normativo pretende desligar el rendimiento de los empleados de la simple extensión de los horarios.
La jornada laboral ordinaria sigue abarcando de lunes a sábado, por lo que el último día de la semana no genera recargos.
Para ajustarse a la nueva realidad legal, las compañías deben actualizar de inmediato sus reglamentos internos. Además, definir, idealmente por concertación o por decisión unilateral, cómo se distribuirá el tiempo sin superar el nuevo límite de 42 horas. Este ajuste se complementa con la jornada diurna ordinaria, que ahora va de 6:00 a.m. a 7:00 p.m. Obligando a las organizaciones a registrar formalmente sus modificaciones ante el Ministerio del Trabajo para blindarse ante eventuales reclamaciones.
Menos horas, más productividad
Uno de los aspectos más sensibles para los empleadores es el impacto financiero de la reforma. Debido a que el salario mensual de los trabajadores no puede verse disminuido bajo ninguna circunstancia. Al reducirse el divisor de horas mensuales de 220 a 210, el valor de la hora ordinaria se incrementa de forma automática en un 4,76%. Además, esta transición coincide con el reciente incremento del recargo dominical y festivo al 90%, vigente desde el pasado 1 de julio. Asimismo, con el inicio del recargo nocturno del 35% a partir de las 7:00 p.m.
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La reducción beneficia de manera obligatoria a todos los empleados del sector privado, abarcando incluso al personal de servicio doméstico. Por el contrario, los servidores públicos quedan excluidos de esta normativa y continuarán bajo sus regímenes especiales y acuerdos sindicales con el Estado. Adicionalmente, el ministro Sanguino recordó que la reforma descartó por completo la contratación por horas, permitiendo únicamente la cotización parcial para garantizar la protección social.
La paradoja de las 42 horas
Las empresas que ignoren este nuevo límite legal se exponen a severas sanciones bajo el esquema de inspección y control del Ministerio del Trabajo. Asimismo, obligar a un empleado a trabajar horas extras sin el reconocimiento adecuado puede ser calificado por un juez como «autodespido». Como contrapartida para mitigar el impacto en las empresas, la ley las exonera ahora de otorgar la jornada familiar y las horas semanales de recreación.
Mientras muchos celebran un avance histórico hacia el bienestar familiar en una de las naciones con más horas laboradas dentro de la OCDE. Diversos gremios económicos observan el panorama con preocupación. Pequeñas y medianas empresas de sectores con operaciones continuas, como la hotelería, el comercio y la vigilancia, alertan sobre un incremento sustancial en sus costos. El gran reto para el país será demostrar si esta reducción del tiempo laboral logra finalmente dinamizar la productividad. Un indicador en el que Colombia sigue rezagada frente a sus pares internacionales.



